Firmaron en Lima… pero el juicio no es en Lima. ¿Por qué?
El lugar donde se firmó un acuerdo no determina dónde se ejecuta — lo que importa es dónde vive el menor
📌 Esta es la segunda parte de una serie de tres artículos sobre derecho internacional de familia:
El lugar donde se firmó un acuerdo de familia no determina dónde se ejecuta. Lo que determina el foro de ejecución cuando hay menores es la residencia habitual del menor — el país donde el niño vive. Un acta peruana tiene pleno valor jurídico en Perú. Si hay patrimonio ejecutable aquí, puede intentarse ejecución aquí. Pero si lo que se busca es hacer cumplir medidas que afectan directamente al menor que vive en otro país, ese es el escenario donde debe actuarse.
Esto resulta difícil de entender para muchas personas — y es completamente comprensible. Si firmaron en Lima, si el proceso fue en Lima, si el notario está en Lima — ¿por qué el incumplimiento no se resuelve en Lima? La respuesta tiene que ver con un principio que el derecho internacional establece con claridad y que la mayoría desconoce hasta que lo necesita.
El principio que separa el lugar de firma del lugar de ejecución
El lugar donde se firmó ≠ el lugar donde se ejecuta
En derecho internacional de familia, el lugar donde nació el acuerdo — donde se firmó el acta, donde intervino el notario, donde se registró la conciliación — no determina dónde deben ejecutarse las obligaciones que ese acuerdo contiene.
Lo que determina el foro de ejecución cuando hay menores involucrados es la residencia habitual del menor.
Este principio tiene una lógica concreta: las medidas que afectan directamente a un niño — quién lo tiene, cómo se organizan las visitas, quién puede verlo y cuándo — deben ser ejecutadas y supervisadas por las autoridades del país donde ese niño vive. No por las autoridades del país donde sus padres firmaron un papel años atrás.
¿Cuándo puede ejecutarse el acta en Perú y cuándo no?
Cuando hay patrimonio o conexión ejecutable en Perú — bienes inmuebles, cuentas bancarias, ingresos, activos registrables que puedan ser objeto de medidas cautelares o de ejecución en el territorio peruano.
Ejemplo: reclamar alimentos de quien tiene ingresos en Perú aunque el menor viva en el extranjero.
Si lo que se busca es hacer cumplir medidas que afectan directamente al menor — tenencia, régimen de visitas, contacto — y el menor vive en otro país, ese acta no se aplica automáticamente allá. Requiere reconocimiento en el país donde se necesita ejecutar.
¿Qué significa que un acta peruana requiera reconocimiento en el extranjero?
Significa que un tribunal del país donde se necesita ejecutar debe validar el acta peruana para que produzca efectos legales en su territorio. Este proceso es equivalente al exequátur en algunos sistemas.
El acta peruana no pierde su valor jurídico. Sigue siendo un documento válido y relevante. Pero para que genere obligaciones ejecutables en otro país — que un tribunal extranjero pueda imponer su cumplimiento — ese otro país necesita reconocerla.
No es lo mismo reclamar alimentos que hacer cumplir un régimen de visitas. Cada uno puede tomar una ruta diferente según el país donde vive la otra parte y el menor. La estrategia debe definirse en función de qué se quiere ejecutar y dónde — no solo de quién tiene razón.
¿Qué rutas existen para ejecutar un acta peruana en el extranjero?
Solicitar que el tribunal del país donde vive la otra parte o el menor valide el acta peruana para que produzca efectos en su territorio. Equivalente al exequátur en algunos sistemas. Requiere abogado en ese país.
Iniciar un procedimiento ante el tribunal competente del país donde vive la otra parte, usando el acta peruana como prueba y antecedente del acuerdo previo entre las partes. Esta ruta puede ser más ágil en países que no tienen tratados de reconocimiento con Perú.
La elección entre una ruta y otra depende del país involucrado, los tratados aplicables y el tipo de obligación que se busca ejecutar. No hay una respuesta única.
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¿El lugar donde se firmó un acuerdo de familia determina dónde se ejecuta?
No. El lugar de firma no determina el foro de ejecución. Lo que determina dónde se ejecutan las medidas sobre un menor es su residencia habitual — el país donde el niño vive.
¿Un acta de conciliación firmada en Lima tiene valor en el extranjero?
Tiene pleno valor en Perú. Para producir efectos en el extranjero requiere reconocimiento judicial en el país donde se necesita ejecutar — un proceso equivalente al exequátur en algunos sistemas.
¿Cuándo puede ejecutarse en Perú un acta de familia firmada en Lima?
Cuando hay patrimonio o conexión ejecutable en Perú — bienes, cuentas bancarias, ingresos. Si lo que se busca es hacer cumplir medidas que afectan al menor que vive en el extranjero, debe actuarse en ese Estado.
¿Es lo mismo ejecutar alimentos que hacer cumplir un régimen de visitas?
No. Cada uno puede requerir una ruta diferente según el país y la situación. La estrategia debe definirse en función de qué se quiere ejecutar y dónde — no solo de quién tiene razón jurídicamente.
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Dr. Alberto Miranda — Abogado peruano especializado en derecho internacional privado
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Dr. Alberto Miranda, abogado peruano con oficina física en Lima, Perú, y más de 20 años de experiencia exclusiva en asesoría legal internacional. Especializado en representar a peruanos residentes en Estados Unidos, España, Italia, México, Canadá y otros países, resolviendo sus trámites legales en Perú sin que necesiten viajar. Su enfoque se centra en divorcios por mutuo acuerdo, matrimonios por poder, herencias y testamentos desde el extranjero, poderes consulares y exequátur de sentencias extranjeras. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima y Miembro Honorario de la Asociación Europea de Abogados. Sus casos de éxito están documentados en cientos de reseñas 5 estrellas en Google, donde clientes reales confirman su profesionalismo, claridad y eficacia.