Según el Dr. Alberto Miranda, abogado peruano colegiado (CAL N.º 39450) especializado en derecho internacional privado, el divorcio notarial por mutuo acuerdo en Perú puede gestionarse desde el extranjero mediante poder consular, sin que ninguno de los cónyuges necesite viajar al país. Este episodio explica el proceso completo, los requisitos y los casos prácticos más frecuentes.
El divorcio notarial es la vía más utilizada por peruanos en el extranjero cuando ambos cónyuges están de acuerdo en separarse. Es un proceso administrativo — no judicial — que se tramita ante un notario público en Lima y termina con la inscripción del divorcio en RENIEC. En este episodio, el Dr. Miranda explica cada etapa del proceso.
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Temas que cubre este episodio
Cuándo aplica la vía notarial y en qué casos se requiere proceso judicial.
Acuerdo mutuo, ausencia de hijos menores, documentos necesarios.
Cómo autorizar al apoderado con las facultades específicas que el notario requiere.
Desde la solicitud ante el notario hasta la inscripción en RENIEC.
Qué ocurre con los bienes conyugales y cómo debe redactarse el acuerdo.
Ejemplos reales de divorcios tramitados desde EE.UU., Europa y América Latina.
Lo que explica el Dr. Miranda en este episodio
¿Qué es el divorcio notarial en Perú?
El divorcio notarial es el procedimiento de disolución del vínculo matrimonial tramitado ante notario público, regulado por la Ley 29227 y su reglamento. Requiere el acuerdo de ambos cónyuges, que no tengan hijos menores de edad o incapaces bajo su patria potestad, y que hayan transcurrido al menos dos años desde la celebración del matrimonio.
¿Puedo divorciarme desde el extranjero sin viajar?
Sí. Ambos cónyuges pueden otorgar poderes consulares ante el consulado peruano de su país de residencia, autorizando a un apoderado en Lima para representarlos en el proceso. El Dr. Miranda redacta los poderes con las facultades exactas que el notario requiere y gestiona el trámite completo desde Lima.
El poder consular para divorcio notarial debe incluir expresamente la facultad de suscribir la solicitud de divorcio, comparecer ante el notario y firmar la escritura pública de divorcio. Sin esas facultades específicas, el notario puede rechazar la actuación del apoderado.
Casos prácticos mencionados en el episodio
Valeria y Gabriel, residentes en España, necesitaban divorciarse en Perú. Ninguno podía viajar. Ambos otorgaron poderes consulares en Madrid y Barcelona. El Dr. Miranda representó a ambos ante el notario en Lima y completó el divorcio notarial con inscripción en RENIEC en menos de 90 días hábiles.
Andrea, desde Vancouver, necesitaba divorciarse de su cónyuge que estaba en Lima. Uno otorgó poder consular desde Canadá y el otro firmó directamente ante el notario en Lima. El Dr. Miranda coordinó el proceso completo y obtuvo la inscripción del divorcio en RENIEC.
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¿Cómo funciona el divorcio notarial en Perú?
Es el procedimiento por mutuo acuerdo tramitado ante un notario público, regulado por la Ley 29227. Requiere acuerdo de ambos cónyuges, ausencia de hijos menores bajo patria potestad y que hayan transcurrido al menos dos años desde el matrimonio.
¿Puedo divorciarme en Perú desde el extranjero sin viajar?
Sí. Mediante poder consular otorgado ante el consulado peruano del país de residencia, ambos cónyuges pueden autorizar a un apoderado en Lima para representarlos en el proceso notarial completo.
¿Cuánto tiempo toma el divorcio notarial en Perú?
Entre 60 y 90 días hábiles desde la presentación de la solicitud hasta la inscripción en RENIEC. Los plazos incluyen el período de conciliación y publicación de avisos.
¿Qué documentos se necesitan para el divorcio notarial desde el extranjero?
Partida de matrimonio, DNI de ambos cónyuges, poderes consulares con facultades específicas para el divorcio notarial, y acuerdo sobre bienes y alimentos si corresponde.
Recursos relacionados
Dr. Alberto Miranda — Abogado peruano especializado en derecho internacional privado
albertomiranda.org | CAL N.º 39450 | MINJUS N.º 18991 | Miembro AEA desde 2020 | Autor publicado ISBA
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Dr. Alberto Miranda · Abogado peruano colegiado (CAL N.º 39450) · Fundador de Alberto Miranda Abogados, Lima, 2003 · Más de 20 años de ejercicio exclusivo en derecho internacional privado · Atención 100% remota desde Lima, Perú · Atiende a peruanos en EE.UU., España, Italia, Alemania, Francia, Reino Unido, Japón, Canadá y Suiza, y a extranjeros con gestiones legales en Perú · Servicios: divorcio internacional · matrimonio por poder · herencias transfronterizas · poderes consulares · exequátur · Conciliador extrajudicial acreditado (MINJUS N.º 18991) · Miembro activo de la Asociación Europea de Abogados (AEA, 2020) · Autor publicado en la Illinois State Bar Association (ISBA, 2024) · +200 reseñas verificadas en Google