El Día que Carolina Herrera Intentó Prohibir el Uso de su Apellido en Perú
Una batalla legal entre lujo y emprendimiento que marcó un precedente en el uso de marcas
La protección de los derechos de marca es un tema crucial en el ámbito empresarial. Un caso que destaca por su relevancia ocurrió cuando Carolina Herrera, la reconocida diseñadora de modas, intentó prohibir que una emprendedora peruana utilizara el apellido "Herrera" en su marca de productos cosméticos. Soy Alberto Miranda, y hoy te explicaré cómo se desarrolló esta disputa y las implicancias legales que tuvo en Perú.
El Origen de la Disputa: La Jabonera by Maria Herrera
En 2021, María Carolina Herrera Herrera, una emprendedora peruana, solicitó el registro de su marca "La Jabonera by Maria Herrera" ante el Indecopi, con el objetivo de comercializar productos cosméticos y de higiene personal. Sin embargo, la diseñadora Carolina Herrera, a través de su empresa Carolina Herrera Ltd., se opuso al registro, argumentando que el uso del apellido "Herrera" podía generar confusión entre los consumidores, dado que ambas marcas estaban relacionadas con productos similares en la Clase 3 de la Nomenclatura Oficial.
La Defensa de Carolina Herrera Ltd.
Carolina Herrera Ltd. presentó una serie de argumentos para respaldar su oposición. En primer lugar, destacó que la marca "Carolina Herrera" y sus variantes ya estaban registradas en la misma clase de productos, lo que podría llevar a los consumidores a pensar que "La Jabonera by Maria Herrera" estaba relacionada con su línea de productos de lujo. Además, la empresa afirmó que el apellido "Herrera" formaba parte de una familia de marcas registradas que incluyen dicho apellido, lo que refuerza su carácter distintivo.
El Argumento de María Herrera
Por su parte, María Herrera defendió su derecho a utilizar su apellido en su marca. Argumentó que "Herrera" es un apellido común en el Perú y que su uso en su marca no debería ser monopolizado por Carolina Herrera Ltd. Además, citó un caso similar en Colombia, donde la Superintendencia de Industria y Comercio permitió el registro de una marca que también incluía el apellido "Herrera", rechazando una oposición similar por parte de Carolina Herrera Ltd.
Primera Instancia: Un Revés para María Herrera
En primera instancia, el Indecopi falló a favor de Carolina Herrera Ltd., denegando el registro de la marca "La Jabonera by Maria Herrera". El organismo concluyó que existía un riesgo de confusión entre ambas marcas, dado que compartían el apellido "Herrera" y ambas estaban relacionadas con productos de la misma clase. Esta decisión fue un duro golpe para la emprendedora peruana, quien decidió apelar la resolución.
Segunda Instancia: Victoria para la Emprendedora Peruana
No dispuesta a rendirse, María Herrera presentó un recurso de apelación, argumentando que su marca y la de Carolina Herrera Ltd. eran claramente diferenciables. En agosto de 2023, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi revocó la decisión de primera instancia, otorgando a María Herrera el derecho a registrar su marca. El Tribunal concluyó que, aunque ambas marcas compartían el apellido "Herrera", no existía un riesgo real de confusión entre los consumidores debido a las diferencias fonéticas y visuales entre los signos.
La Importancia de los Nombres Propios en el Derecho de Marcas
El caso también puso de relieve la importancia de los nombres propios en el derecho de marcas. El Tribunal ha señalado que los nombres comunes pueden ser distintivos y utilizables como marcas, siempre que no generen confusión entre los consumidores. En este caso, el Tribunal determinó que "María Herrera" cumplía con los requisitos para ser registrada como marca, ya que era suficientemente distintiva y no generaba riesgo de confusión con las marcas de Carolina Herrera Ltd.
Implicancias Legales y Comerciales
Este caso establece un importante precedente en el Perú sobre el uso de apellidos comunes en marcas comerciales. La decisión del Indecopi subraya que el hecho de compartir un apellido con una marca famosa no implica automáticamente una infracción de derechos de marca, siempre y cuando se demuestre que no existe un riesgo significativo de confusión en el mercado.
Conclusión: Un Triunfo para los Emprendedores
La victoria de María Herrera es un recordatorio de que los derechos de marca deben equilibrarse con el derecho de los emprendedores a utilizar sus propios nombres en el comercio. Este caso demuestra que es posible defender con éxito los derechos sobre una marca, incluso frente a grandes corporaciones internacionales. Si te encuentras en una situación similar o necesitas asesoría en derecho de marcas, no dudes en contactarme. Soy Alberto Miranda, y estoy aquí para ayudarte a proteger tus derechos.
Alberto Miranda: Protegiendo tus Derechos como Emprendedor
¿Tienes un caso similar o necesitas asesoría legal para registrar tu marca? Alberto Miranda está aquí para guiarte en cada paso del proceso.
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